Normativa de Aplicación

El Club Baloncesto Santa Cruz pone en marcha este Portal de Transparencia en cumplimiento de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno en colaboración con:

OBJETO SOCIAL DE LA ENTIDAD

1. El CLUB BALONCESTO SANTA CRUZ, (en adelante el club) se constituye el 22 de noviembre de 1989 y por tiempo indefinido con amparo de la Ley Canaria del Deporte (Ley 8/1997, de 9 de julio) y normas de desarrollo como una asociación privada sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica y capacidad de obrar que tiene por objetos básicos el fomento, desarrollo y práctica continuada de la actividad física y deportiva.

2. El CLUB desarrollará como principal modalidad deportiva la de baloncesto y se adscribirá, en su caso a la Federación Canaria correspondiente, de acuerdo a las normas reguladoras de ésta. No obstante, EL CLUB podrá practicar otras modalidades deportivas previo acuerdo de su Asamblea General.

3.EL CLUB establece su domicilio social en la isla de Tenerife, en el municipio de Santa Cruz de Tenerife, en el Pabellón Quico Cabrera de Santa Cruz de Tenerife, calle Doctor Fernando Barajas Prat nº 1, código postal 38005.

4. EL CLUB tendrá como ámbito territorial de actuación el Regional, sin perjuicio de poder inscribirse y participar en actividades o competiciones nacionales e internacionales.

Estatutos CB Santa Cruz
Registro de entidades municipales Ayto. Santa Cruz
Registro de entidades deportivas canarias

PROTOCOLO DE TRANSPARENCIA DE LA ENTIDAD
· Este documento recoge las políticas sobre transparencia en la gestión y publicación del Club Baloncesto Santa Cruz, y sus recursos y programas que contribuyen a la mejora de calidad de vida de las personas, tal y como se establece en nuestra visión: el CB Santa Cruz nace con la idea de fomentar el baloncesto en la ciudad e isla de Tenerife, a través de su equipo senior y escuelas de baloncesto creadas en diferente barrios y zonas de la ciudad de Santa Cruz.
· Publicación anual de Memoria de Actividades y Rendición de cuentas a la sociedad general.
· Identificación de las fuentes de financiación e importes anuales que recibe la entidad.
· Depósito de documentación Económica en el Registro Mercantil.
· Publicación en la web de organigrama y funcionamiento, servicios que prestamos y formas de acceder a ellos, noticias y artículos de interés.
·Y todo aquello que como entidad que recibe fondos públicos por importe inferior a 60.000 euros, debemos recoger según la Ley 12/2014 de Transparencia del Gobierno de Canarias.

Comisionado de Transparencia de Canarias: https://transparenciacanarias.org/

Ley Canaria de Transparencia: https://www.boe.es/eli/es-cn/l/2014/12/26/12